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Fórmula · Guía 2026

Cómo calcular tu pensión IMSS Ley 73 en 2026: la fórmula del artículo 167 paso a paso

Por Act. Francisco Javier Ruiz de la Peña Olea · Publicado 31 ago 2026 · 11 min de lectura

Durante agosto de 2026 la prensa financiera publicó decenas de notas sobre la pensión Ley 73: que la mínima garantizada es de $10,636.54, que hay un "trámite para cobrar más", que la Modalidad 40 "puede duplicar tu pensión". Todas terminan igual: "el monto depende de tu salario y de tus semanas cotizadas". Y ahí se detienen.

En este artículo no me detengo ahí. Voy a mostrarte la fórmula completa del artículo 167 de la Ley del Seguro Social de 1973 —la misma que aplica el IMSS y la misma que uso en cada estudio actuarial— con la tabla oficial en veces UMA, los cuatro pasos del cálculo y un ejemplo resuelto de principio a fin. Al terminar de leer podrás estimar tu propia pensión con una calculadora de bolsillo.

Los cinco ingredientes del cálculo

La pensión de cesantía en edad avanzada o de vejez bajo la Ley 73 se construye con cinco variables. Si tienes estas cinco, tienes tu pensión:

  1. Salario promedio de las últimas 250 semanas de cotización (artículo 167). Es la base de todo. Expliqué su mecánica a fondo en por qué las últimas 250 semanas definen tu pensión.
  2. Semanas cotizadas totales reconocidas por el IMSS (mínimo 500 para tener derecho).
  3. La tabla del artículo 167: convierte tu salario promedio en una cuantía básica más incrementos anuales.
  4. Asignaciones familiares del artículo 164: porcentajes adicionales por esposa(o) e hijos, o ayuda asistencial si no tienes beneficiarios.
  5. Factor de edad del artículo 171: de 75% a los 60 años hasta 100% a los 65.
La fórmula en una línea: Pensión mensual = [Cuantía básica + Incrementos por semanas] × [1 + Asignaciones familiares] × [Factor de edad]. Cada paso de abajo llena uno de esos corchetes.

Paso 1: tu salario promedio en veces UMA

Toma el salario base de cotización promedio de tus últimas 250 semanas (aproximadamente los últimos 4 años y 10 meses de cotización) y divídelo entre la UMA vigente. En 2026 la UMA vale $117.31 diarios ($3,566.22 mensuales), según el DOF del 9 de enero de 2026.

Un ejemplo rápido: si tu salario promedio es de $1,500 diarios, estás en 1,500 ÷ 117.31 = 12.8 veces UMA. Ese número decide en qué renglón de la tabla del artículo 167 caes.

Paso 2: la tabla del artículo 167 — cuantía básica e incrementos

El artículo 167 asigna a cada rango de salario dos porcentajes: la cuantía básica (el arranque de la pensión, que se gana con las primeras 500 semanas) y el incremento anual (lo que suma cada 52 semanas cotizadas por encima de esas 500). Ambos se aplican sobre tu salario promedio. Estos son los renglones principales de la tabla, ya expresados en veces UMA:

Salario promedio (veces UMA)Cuantía básicaIncremento anual
Hasta 1.0080.00%0.563%
1.26 – 1.5058.18%1.178%
1.76 – 2.0042.67%1.615%
2.26 – 2.5033.68%1.868%
2.76 – 3.0027.83%2.033%
3.76 – 4.0020.65%2.235%
4.76 – 5.0016.41%2.355%
5.76 – 6.0013.62%2.433%
6.01 en adelante13.00%2.450%

Observa el diseño: la tabla es solidaria hacia abajo (a menor salario, la cuantía básica reemplaza un porcentaje mayor) y plana hacia arriba: a partir de 6 UMA todos usan los mismos porcentajes, 13.00% y 2.450%. Esa planicie es la que hace que, dentro del último renglón, la pensión sea estrictamente proporcional al salario promedio — el fundamento matemático de la elección de salario en la Modalidad 40.

Cómo se cuentan los incrementos

Las primeras 500 semanas compran la cuantía básica. A partir de ahí, cada 52 semanas adicionales suman un incremento anual. Si al final sobra una fracción, el propio artículo 167 la resuelve: con más de 26 semanas excedentes se cuenta como año completo; con 13 a 26 se cuenta medio incremento; con menos de 13, no cuenta.

Ejemplo: 1,800 semanas cotizadas = 500 iniciales + 1,300 excedentes = 25 incrementos anuales exactos (1,300 ÷ 52).

Paso 3: asignaciones familiares — el multiplicador familiar

Sobre la suma de cuantía básica más incrementos, el artículo 164 agrega porcentajes por tus beneficiarios: 15% por esposa(o) o concubina(rio), 10% por cada hijo menor de 16 años (o hasta 25 si estudia, o sin límite de edad con discapacidad), y a falta de ambos, 15% de ayuda asistencial si dependes de ascendientes, o 15% para el pensionado solo. En la práctica, casi todo pensionado suma al menos un 15%. El detalle completo, con los topes y combinaciones, está en asignaciones familiares IMSS Ley 73.

Paso 4: el factor de edad del artículo 171

Si te pensionas por vejez (65 años), cobras el 100% del resultado. Si te pensionas por cesantía en edad avanzada (60 a 64 años), el artículo 171 aplica un porcentaje escalonado por año cumplido:

Edad al pensionarteFactor aplicable
60 años75%
61 años80%
62 años85%
63 años90%
64 años95%
65 años o más100%

El factor es permanente y vitalicio: quien se pensiona a los 60 cobra 75% del cálculo por el resto de su vida y así lo hereda a su viuda. El escalón solo sube con el año cumplido: retirarse a los 63 años y 11 meses paga exactamente lo mismo que a los 63 exactos. Analicé ese punto de equilibrio en cesantía vs vejez: cuánto pierdes por retirarte a los 60.

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Ejemplo completo, resuelto paso a paso

Trabajador de 65 años, casado, con 1,800 semanas cotizadas y un salario promedio en sus últimas 250 semanas de $60,000 mensuales ($1,972.60 diarios).

PasoOperaciónResultado
1. Veces UMA$1,972.60 ÷ $117.3116.8 UMA → renglón "6.01 en adelante"
2a. Cuantía básica13.00% × $60,000$7,800.00
2b. Incrementos25 × 2.450% × $60,000$36,750.00
2c. Suma$7,800 + $36,750$44,550.00 (74.25% del salario)
3. Asignación esposa$44,550 × 15%+$6,682.50
4. Factor de edad (65)$51,232.50 × 100%$51,232.50 mensuales

Pensión mensual vitalicia de $51,232.50, más un aguinaldo anual de una mensualidad (artículo 170) y el incremento anual conforme al INPC en febrero. Si este mismo trabajador se pensionara a los 60 años, el factor del 75% dejaría la pensión en $38,424.38: la diferencia de $12,808 mensuales, de por vida, es el precio de adelantarse cinco años.

Los dos topes que enmarcan el resultado

El techo: 100% del salario promedio

El artículo 167 establece que la suma de cuantía básica, incrementos y asignaciones no puede exceder el 100% del salario promedio. Con la asignación de esposa (15%), ese techo se alcanza alrededor de las 2,030 semanas cotizadas. Más semanas después de ese punto ya no compran ni un peso adicional de porcentaje — aunque un salario promedio más alto sí. Es la asimetría central que desarrollo en qué salario elegir en la Modalidad 40.

El piso: la pensión mínima garantizada

Si el cálculo arroja menos que la pensión mínima garantizada$10,636.54 mensuales en agosto de 2026, como reportó la prensa esta semana— el IMSS paga la mínima. Consecuencia actuarial: si tu salario promedio proyectado queda por debajo de unas 4 UMA, cada peso extra de cotización puede no traducirse en pensión adicional, porque la garantía lo absorbe.

Cuidado con las semanas fantasma: el cálculo usa las semanas que el IMSS tiene registradas, no las que trabajaste. Antes de proyectar nada, verifica tu constancia: si faltan periodos, el trámite correcto está en cómo aclarar semanas cotizadas que no aparecen. Y confirma que tu conservación de derechos siga vigente: sin ella, la fórmula entera es teoría.

Cómo mover cada variable a tu favor

La fórmula tiene tres palancas accionables y una fija:

Estimar la pensión con esta guía te da un buen mapa. Pero el estudio serio exige más: la proyección del salario promedio semana por semana bajo distintos escenarios de Modalidad 40, el calendario de cuotas crecientes 2026-2030, el valor presente actuarial de cada alternativa y la interacción con viudez e invalidez. Esa es la diferencia entre una estimación y una decisión.

Estudio actuarial certificado de tu pensión Ley 73

Calculo tu pensión con la fórmula del artículo 167 sobre tus semanas y salarios reales, comparo escenarios de retiro a cada edad y cuantifico si la Modalidad 40 te conviene y con qué salario. Cifras verificables bajo la Ley del Seguro Social, no promesas comerciales.

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