Calcula tu pensión con la fórmula del artículo 167, la misma que aplica el IMSS. Si quieres certeza antes de tramitar, un actuario la valida contra tu constancia de semanas y te dice a qué edad te conviene pensionarte.
Aplica cuantía básica, incrementos por semanas, asignaciones familiares, factor de edad, el tope del 100% y la pensión mínima garantizada. Parámetros 2026: UMA $117.31 diarios.
Bajo la Ley 97 la pensión depende del saldo de tu cuenta AFORE, no de la fórmula del artículo 167, así que esta calculadora no aplica. En 2026 se piden 875 semanas y 60 años, y existe una pensión garantizada si el saldo no alcanza.
Pedir estimación Ley 97 por WhatsApp| Salario promedio mensual | $0 |
| Veces UMA | 0 |
| Semanas al retiro | 0 |
| Cuantía básica | 0% |
| Incrementos por semanas | 0% |
| Asignaciones familiares | 0% |
| Factor de edad (art. 171) | 0% |
Estimación con fines informativos para pensión por cesantía en edad avanzada o vejez bajo la Ley del Seguro Social de 1973. Supone que el salario promedio se mantiene en pesos de 2026. La cifra definitiva depende de tu Constancia de Semanas Cotizadas y de los salarios de tus últimas 250 semanas; no sustituye la resolución del IMSS.
Cuatro pasos, todos en la Ley del Seguro Social de 1973. Ninguno depende de promesas ni de supuestos comerciales.
Promedio de tu salario base de cotización en las últimas 250 semanas, expresado en veces UMA.
El artículo 167 da un porcentaje básico por tus primeras 500 semanas y un incremento por cada 52 semanas adicionales.
15% por esposa o concubina y 10% por cada hijo; sin beneficiarios, 15% de ayuda asistencial.
A los 60 años cobras 75%; sube 5 puntos por cada año cumplido hasta 100% a los 65.
| Salario promedio | Cuantía básica | Incremento anual |
|---|---|---|
| Hasta 1.00 UMA | 80.00% | 0.563% |
| 1.51 a 1.75 | 49.23% | 1.430% |
| 2.51 a 2.75 | 30.48% | 1.958% |
| 3.76 a 4.00 | 20.65% | 2.235% |
| 4.76 a 5.00 | 16.41% | 2.355% |
| 6.01 en adelante | 13.00% | 2.450% |
| Edad cumplida | Porcentaje que cobras |
|---|---|
| 60 años | 75% |
| 61 años | 80% |
| 62 años | 85% |
| 63 años | 90% |
| 64 años | 95% |
| 65 años o más | 100% |
Dos límites: la suma de cuantía, incrementos y asignaciones no puede pasar del 100% del salario promedio, y si el resultado es menor que la pensión mínima garantizada ($10,636.54 mensuales en 2026) el IMSS paga la mínima. Guía completa con ejemplo resuelto →
La mayoría de las diferencias entre lo que esperas y lo que el IMSS resuelve sale de estos seis puntos.
Semanas que no aparecen en tu constancia son pensión que no cobras. Se pueden aclarar con documentos.
Aclaración de semanas →Es la base de todo el cálculo. Conviene revisarlo semana por semana antes de pedir la pensión.
Cómo se integra el promedio →El porcentaje sube por año cumplido. Pensionarte días antes de tu cumpleaños puede costarte 5 puntos de por vida.
Cesantía o vejez →Si dejaste de cotizar, tus derechos duran una cuarta parte del tiempo que cotizaste. Si vencen, hay que reingresar.
Cuándo caduca →Esposa, concubina e hijos suman porcentaje. Hay que acreditarlos con actas al tramitar.
Asignaciones familiares →Si cotizaste antes y después de 1997 eliges régimen. Además puedes retirar SAR 92 y vivienda.
Trámite y elección de régimen →Tu pensión se financia con el saldo de tu AFORE y se paga como renta vitalicia o retiro programado. En 2026 se piden 875 semanas y 60 años; si el saldo no alcanza, aplica la pensión garantizada.
Requisitos Ley 97 en 2026 →La calculadora da una idea. El estudio trabaja con tus datos reales del IMSS y te deja una decisión clara: cuánto vas a recibir y cuándo te conviene pensionarte.
El 21 de octubre de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un acuerdo del H. Consejo Técnico del IMSS que cambia las reglas para quien se inscriba o reingrese a partir del 22 de octubre:
Son medidas temporales mientras el IMSS realiza un análisis actuarial y una propuesta normativa. Con esa regla, la Modalidad 40 deja de servir para elevar el salario promedio, que era su propósito principal, y por eso ya no ofrecemos estudios de Modalidad 40 para nuevas inscripciones.
El acuerdo indica que quienes ya están inscritos conservan sus condiciones hasta que concluya el periodo que tengan contratado, y que se reconocen las semanas y salarios pagados.
Lo más importante es no dejar de pagar ni caer en mora: si causas baja y vuelves a inscribirte, aplicarían las reglas nuevas. Si quieres revisar tu caso, escríbenos.
Usa la fórmula del artículo 167 con la tabla oficial completa en veces UMA, el factor de edad del artículo 171, el tope del 100% y la pensión mínima garantizada. La diferencia contra la resolución del IMSS suele venir de los datos: semanas no reconocidas o un salario promedio distinto al que supusiste. Por eso el estudio parte de tu constancia oficial.
En la Constancia de Semanas Cotizadas, que se descarga gratis en el portal del IMSS con tu CURP y tu correo. Muestra tus semanas reconocidas y los movimientos de salario de tus empleos. El promedio de las últimas 250 semanas hay que calcularlo a partir de esos movimientos; si no tienes el detalle, en el estudio lo armamos contigo.
A los 60 cobras 75% y a los 65 el 100%, pero esperar cinco años también significa cinco años sin pensión. La respuesta depende de tu salario, tus semanas y si sigues cotizando mientras esperas. La calculadora te muestra el monto a cada edad; el estudio compara el valor de cada opción considerando la esperanza de vida.
Tus derechos se conservan por una cuarta parte del tiempo que cotizaste, contado desde tu baja. Si ya vencieron, puedes recuperarlos volviendo a cotizar en el régimen obligatorio; el tiempo que se pide depende de cuánto estuviste fuera. Cómo recuperar derechos →
Bajo Ley 73 no hay pensión sin 500 semanas. Puedes seguir cotizando hasta completarlas o, si ya no es posible, retirar en una sola exhibición los recursos de tu AFORE con la negativa de pensión. Negativa de pensión →
Actuario consultor con más de 20 años de práctica en pensiones, valuaciones actuariales NIF D-3 e IAS 19 y planes de retiro. Director General de Grupo Pensar. Maestría en Inversiones.
Respondemos en menos de 24 horas hábiles. Primero entendemos tu situación; después, si te sirve, te proponemos el estudio.
Act. Francisco Javier Ruiz de la Peña Olea, con domicilio en Insurgentes Sur 2047, Edificio B, San Ángel, Ciudad de México, CP 01000.
Nombre, NSS, CURP, fecha de nacimiento, semanas cotizadas, salarios, situación familiar, correo y teléfono, con la única finalidad de elaborar tu estudio actuarial de pensión y comunicarnos contigo. No solicitamos datos bancarios ni de salud.
No vendemos ni compartimos tus datos. Solo podrían conocerlos nuestros proveedores de hospedaje bajo obligaciones de confidencialidad, o una autoridad mediante orden fundada y motivada.
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Este aviso se emite conforme a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. Última actualización: 21 de octubre de 2026.