Cambiar el salario en la Modalidad 40 en 2026: qué permite el artículo 220 tras el criterio del 4 de septiembre
Desde el 4 de septiembre de 2026 el IMSS aplica un criterio más estricto sobre una práctica que durante años se enseñó como parte normal de la estrategia de Modalidad 40: causar baja por falta de pago y solicitar el reingreso para reactualizar el salario base de cotización.
La noticia circuló rápido y con el ruido habitual. Conviene empezar por lo que no ocurrió: la Modalidad 40 no desaparece, el artículo 220 de la Ley del Seguro Social sigue vigente y el derecho de reingreso continúa existiendo. Lo que el IMSS separó es otra cosa, y es más fina: reingresar dejó de ser sinónimo de poder elegir salario otra vez.
Ese matiz parece técnico. No lo es. Como voy a demostrar con números más abajo, invierte una de las recomendaciones más repetidas del mercado —"entra a Modalidad 40 lo antes posible"— y convierte una estrategia larga en una estrategia corta. Para el caso que analizo, adelantar la inscripción dos años cuesta $241,390 adicionales y entrega $6,212 menos de pensión mensual, de por vida.
Qué dice realmente la ley: el derecho a elegir salario nace en el artículo 218
La Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio —el nombre formal de la Modalidad 40— vive en el capítulo VIII de la Ley del Seguro Social. Tres artículos importan aquí.
El artículo 218 es el que otorga el derecho de entrada y, con él, el derecho de elegir salario. Su texto es explícito: el asegurado con un mínimo de 52 semanas cotizadas en los últimos cinco años, al ser dado de baja, puede continuar voluntariamente en el régimen, "debiendo quedar inscrito con el último salario o superior al que tenía en el momento de la baja".
Lea otra vez la construcción de la frase. La facultad de elegir "el último salario o superior" está amarrada a un momento específico: la inscripción que sigue a una baja del régimen obligatorio. No es una facultad permanente que acompañe al asegurado mientras cotiza. Es una elección que se ejerce una vez, en la puerta de entrada.
El artículo 220 regula la salida. La Continuación Voluntaria termina por tres causas: declaración expresa firmada por el asegurado, dejar de pagar las cuotas durante dos meses, o ser dado de alta nuevamente en el régimen obligatorio. Y su párrafo final concede el reingreso: quien causó baja por falta de pago de dos mensualidades consecutivas puede solicitar por escrito su reincorporación dentro de los doce meses siguientes a la fecha de baja, cubriendo retroactivamente las cuotas omitidas con sus recargos.
Esa es la lectura que el IMSS empezó a aplicar el 4 de septiembre. Puede discutirse, y seguramente se discutirá en tribunales. Pero es una lectura defendible del texto legal, no un capricho administrativo — y por eso mismo no conviene construir un plan de siete años suponiendo que se revertirá.
Lo que el criterio deja fuera de juego
- El "reset anual por UMA". Dejar de pagar dos meses en enero, provocar la baja, reingresar en marzo y pedir que el salario quede registrado contra el nuevo valor de la UMA. Este era el movimiento más extendido y es el que el criterio ataca de frente.
- El salto de salario a los 55. Inscribirse joven con una o dos UMA "para ir juntando semanas" y aumentar al tope años después. Aclaro de paso un mito: cumplir 55 años nunca fue un requisito legal de la Modalidad 40; era una convención de ciertas estrategias comerciales. Y ahora es una convención sin mecanismo que la ejecute.
- La baja provocada como trámite inocuo. Suspender pagos deliberadamente ya no es una maniobra administrativa menor: es activar una causal de terminación del artículo 220 a cambio de un beneficio que probablemente no se obtendrá.
Lo que sigue intacto
- El derecho de reingreso dentro de los doce meses posteriores a la baja por mora, cubriendo cuotas y recargos.
- La elección de salario —hasta el tope de 25 UMA— en la inscripción inicial, incluso si es muy superior al último salario registrado. Ya expliqué por qué el artículo 218 no impone regla de proporcionalidad alguna en qué salario elegir en la Modalidad 40.
- Una nueva inscripción del artículo 218 después de una baja real y verificable del régimen obligatorio. Si usted regresa a un empleo formal y años después vuelve a causar baja, nace otra vez la facultad de elegir. Es la vía legítima que queda abierta — y es también la que el IMSS estará mirando con lupa, junto con las revisiones bimestrales que reforzó en 2026.
¿Su estrategia de Modalidad 40 dependía de subir el salario después?
Si se inscribió con una o dos UMA esperando aumentar más adelante, o si planeaba dejar de pagar para reingresar, conviene revisarlo antes de que pasen más bimestres. Le digo en una revisión si el plan sigue siendo viable y qué alternativa le queda.
💬 Consultar por WhatsApp: 55 4346 7195La consecuencia que nadie está calculando: su salario queda congelado en pesos
Aquí es donde el análisis actuarial se separa de la nota periodística. El tope de la Modalidad 40 está definido en UMA, que es una unidad móvil: 25 UMA equivalen en 2026 a $2,932.75 diarios ($89,155.60 mensuales), con la UMA en $117.31 según el DOF del 9 de enero de 2026. Pero el salario que usted registra en su convenio queda asentado en pesos, y ahí se queda.
La UMA sube cada febrero con la inflación —3.69% en 2026—. Su salario registrado no. El resultado es una erosión silenciosa y perfectamente cuantificable: cada año que pasa, el mismo salario en pesos vale menos UMA.
| Año | UMA diaria estimada | Su SBC fijo equivale a | Pérdida de base real |
|---|---|---|---|
| 2026 (inscripción) | $117.31 | 25.00 UMA | — |
| 2028 | $126.88 | 23.11 UMA | −7.5% |
| 2030 | $137.24 | 21.37 UMA | −14.5% |
| 2031 | $142.73 | 20.55 UMA | −17.8% |
| 2033 | $154.37 | 19.00 UMA | −24.0% |
Mientras el reingreso servía de válvula, esta erosión se corregía cada enero y casi nadie reparaba en ella. Cerrada la válvula, la erosión se vuelve estructural: quien se inscribe hoy al tope y paga siete años llega al retiro con una base equivalente a 19 UMA, no a 25. Pagó el máximo y llegó con el 76% del máximo.
El resultado que invierte el consejo de mercado
Junte las tres piezas —la base se fija al inscribirse, ya no se puede reactualizar, y la pensión se calcula sobre las últimas 250 semanas— y el orden óptimo cambia.
Tome un caso concreto: persona que cumple 65 años en 2033, con 1,800 semanas cotizadas al retiro, esposa como beneficiaria (15% de asignaciones familiares) y factor de edad del 100% por el artículo 171. Quiere inscribirse a Modalidad 40 al tope de 25 UMA del año en que entre. La única variable es cuándo entra. La cuota escala del 14.438% en 2026 al 18.80% en 2030 conforme al calendario del DOF del 16 de diciembre de 2020.
| Año de inscripción | Años pagando | SBC diario que queda fijo | Base en UMA de 2033 | Costo total | Pensión mensual |
|---|---|---|---|---|---|
| 2026 | 7 | $2,932.75 | 19.00 | $1,291,266 | $76,128 |
| 2027 | 6 | $3,050.06 | 19.76 | $1,182,270 | $79,173 |
| 2028 | 5 | $3,172.06 | 20.55 | $1,049,876 | $82,340 |
| 2029 | 4 | $3,298.94 | 18.80 | $891,869 | $75,315 |
| 2030 | 3 | $3,430.90 | 16.15 | $705,899 | $64,713 |
Léalo con cuidado, porque el renglón de 2026 es estrictamente dominado: entrar en 2028 en lugar de 2026 cuesta $241,390 menos y paga $6,212 más al mes. No hay compensación oculta. No es un dilema de riesgo contra retorno. Es peor en las dos dimensiones.
La razón es doble. Primero, los dos primeros años solo sirven para congelar una base en pesos más baja, porque las semanas de 2026 y 2027 caen fuera de las últimas 250 semanas y no entran al promedio del artículo 167. Segundo, cada año que espera, el tope de 25 UMA en pesos sube — así que entrar después significa congelar un número mayor.
Y la caída después de 2028 tiene otra causa: entrar en 2029 o 2030 ya no alcanza a cubrir las 250 semanas (4 años y 10 meses), de modo que el promedio se diluye con los salarios anteriores, más bajos. El máximo está donde el periodo de Modalidad 40 cubre exactamente la ventana que la ley mide, y ni un bimestre más.
Qué hacer según su situación
Si ya está inscrito con salario bajo esperando subirlo
Es el caso más urgente. Su plan tenía dos etapas y la segunda acaba de quedar sin mecanismo. Cada mes adicional que pague con una o dos UMA está comprando semanas que probablemente ya no necesita —si su carrera es larga, el porcentaje del artículo 167 se satura en el 100%— a cambio de una base que no le servirá. No suspenda pagos por su cuenta para "arreglarlo": es exactamente el movimiento que el criterio penaliza. Primero se calcula, después se mueve.
Si estaba a punto de inscribirse
Buenas noticias: usted todavía tiene íntegro el derecho del artículo 218 a elegir "el último salario o superior". Lo que debe recalcular es el cuándo, contando hacia atrás desde su fecha de retiro las 250 semanas, y verificando antes que su conservación de derechos siga vigente y que su historial de semanas cotizadas esté limpio. Inscribirse hoy "para no perder tiempo" es, según la tabla de arriba, la peor de las cinco opciones.
Si causó baja por mora en los últimos doce meses
Conserva el derecho de reingreso del artículo 220 y le conviene ejercerlo dentro del plazo, pagando cuotas y recargos: recupera la continuidad. Lo que ya no debe esperar es que ese trámite le abra la puerta a modificar el salario. Son dos cosas distintas y el IMSS acaba de dejarlo claro.
Si su base proyectada es baja
Verifique antes que nada si su pensión estimada queda por debajo de la pensión mínima garantizada ($10,636.54 mensuales en 2026). Por debajo de unas 4 UMA de base promedio, cada peso aportado a Modalidad 40 puede no producir un solo peso adicional de pensión, porque la garantía lo absorbe. Ahí la conversación es otra: probablemente Modalidad 10 para completar semanas, o un plan personal de retiro.
La lección de fondo
Que una práctica haya funcionado durante años en la ventanilla no la convierte en un derecho. Durante mucho tiempo el IMSS fue permisivo con movimientos que la ley nunca contempló expresamente, y esa permisividad terminó incorporándose al folclor de la planeación pensionaria: "deja de pagar dos meses y regresas", "a los 55 subes al tope", "cada enero actualizamos las UMA". Ninguna de las tres estaba escrita en la Ley del Seguro Social.
Una estrategia que solo funciona mientras la autoridad no revise el criterio no es una estrategia: es una apuesta con horizonte de diez años y prima pagada por adelantado. Lo que sí resiste es la aritmética del artículo 167 — base, semanas, edad y topes — aplicada sobre lo que la ley dice hoy, con supuestos explícitos y escenarios que reconozcan que las reglas pueden moverse.
Estudio actuarial de Modalidad 40 bajo el criterio vigente
Calculo su fecha óptima de inscripción contando las 250 semanas hacia atrás desde su retiro, proyecto la erosión de la base frente a la UMA, comparo el costo total contra la pensión de cada escenario y le entrego el resultado en valor presente. Con sus semanas y salarios reales, no con ejemplos. Cifras verificables bajo la Ley del Seguro Social.
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